
¿Se trabaja el viernes 15 de agosto?
El Gobierno lo declaró día no laborable con fines turísticos, lo que deja en manos de cada empleador la decisión de otorgarlo o no como jornada libre. El Comunicado oficial.
Agosto trae un nuevo descanso para algunos trabajadores, aunque no todos podrán disfrutarlo. El viernes 15 de agosto de 2025 fue declarado día no laborable con fines turísticos por el Gobierno nacional, lo que genera una pregunta clave: ¿es feriado o no? La respuesta está en la Ley 27.399 de Establecimiento de Feriados Nacionales y Fines de Semana Largos, y en lo que decida cada empleador.
Diferencias entre feriado nacional y día no laborable:
- Feriado nacional: el descanso es obligatorio para todos los trabajadores y, si se trabaja, se cobra con recargo del 100%.
- Día no laborable: la decisión de otorgar el día libre o no queda en manos del empleador. Si el empleador decide que se trabaje, se paga como jornada normal, sin plus salarial.
En este caso, el 15 de agosto fue establecido como día no laborable con fines turísticos para “promover el turismo interno y favorecer el descanso de los argentinos”, pero no entra dentro del listado de feriados inamovibles ni trasladables.
Cómo queda el fin de semana largo de agosto 2025
El calendario queda así:
- Viernes 15 de agosto: día no laborable con fines turísticos (opcional para el empleador).
- Sábado 16 y domingo 17: descanso habitual.
Qué dice la Ley 27.399
La Ley 27.399 establece que el Poder Ejecutivo puede fijar hasta tres días no laborables por año con fines turísticos. Estos se suman a los feriados ya existentes y tienen como objetivo fomentar el turismo y la economía regional.
En el artículo 7, la norma detalla que “en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, donde el descanso es obligatorio”.
Esto significa que, salvo excepciones como bancos y entidades financieras, la última palabra sobre el viernes 15 la tiene cada empresa o institución.
Próximos feriados y fines de semana largos en 2025
Después de agosto, el calendario oficial marca:
- 12 de octubre: feriado trasladable por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
- 24 de noviembre: feriado trasladable por el Día de la Soberanía Nacional.
- 8 de diciembre: feriado inamovible por el Día de la Inmaculada Concepción.
- 25 de diciembre: feriado inamovible por Navidad.